Procuraduría pidió inexequibilidad de norma que permite al juez de paz de conocimiento participar en la reconsideración de la decisión (8:45 a.m.)
11 de Abril de 2012
Reproducir
Nota:
80390
El juez de paz que profiere el fallo en equidad no puede hacer parte del cuerpo colegiado que debe estudiar la reconsideración del mismo, señaló la Procuraduría General al pedir la inexequibilidad de la norma que lo permite (Ley 497 de 1997, art. 32). Según el Ministerio Público, permitir dicho procedimiento “pone en entredicho la imparcialidad y razonabilidad de la decisión de este cuerpo”, pues el juez llega con una postura definida, que no es otra que la de defender su fallo. Explicó en su concepto que la medida va en contra de la Constitución porque afecta los derechos a la defensa y debido proceso de la persona que solicita la reconsideración o que presenta los correspondientes recursos.
Opina, Comenta