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Precisan presupuestos que estructuran un conflicto de jurisdicciones (10:00 a.m.)

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10 de Abril de 2019

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Existe conflicto de jurisdicciones cuando dos o más funcionarios investidos de competencia, esto es, de la facultad para conocer, tramitar y decidir un caso concreto, se disputan el conocimiento de un proceso, explicó el Consejo Superior de la Judicatura. Lo anterior bien porque ambos estiman que es de su conocimiento, caso en el cual será el conflicto positivo, o por considerar que no les corresponde, evento en el cual será negativo. Acorde con este último caso, para que se estructure o proceda es necesario que se presenten tres presupuestos: (i) que el funcionario judicial esté tramitando determinado proceso, (ii) que surja disputa entre el funcionario que conoce el caso y otro u otros acerca de quién debe conocerlo y (iii) que el proceso se halle en trámite. Además de lo anterior, la Corporación precisó que, previo a analizar el asunto objeto de estudio, es necesario desarrollar los principios rectores que enmarcan una adecuada administración de justicia en la búsqueda de la eficiencia y eficacia de la función judicial, pues estos pueden generar variaciones en el trámite de los conflictos de jurisdicción y competencia. El caso concreto lo puede conocer en el documento adjunto (M. P. Camilo Montoya Reyes).

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