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No es viable examinar legalidad del acto de elección sin revisar la decisión de la autoridad electoral (11:48 a.m.)

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04 de Diciembre de 2013

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La Sección Quinta del Consejo de Estado reiteró que es no es viable examinar la legalidad de un acto que declara una elección si no se ataca también la decisión de la autoridad administrativa electoral. A su juicio, en el proceso de nulidad electoral debe impugnarse el acto que declara la elección y la decisión administrativa. Lo anterior en virtud de la preclusividad del procedimiento electoral y porque la presunción de legalidad abriga por igual a los dos actos. Sobre las elecciones de juntas administradoras locales, el alto tribunal precisó que no se puede presentar por primera vez la reclamación ante la comisión escrutadora distrital ni impugnar la legalidad de la decisión de rechazo ante la jurisdicción contenciosa por incompetencia en sede administrativa (C. P. Susana Buitrago Valencia).

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