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No cualquier incompatibilidad entre el fallo objeto del exequátur y el derecho interno impide su homologación (3:30 p.m.)

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23 de Mayo de 2013

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Solo una incompatibilidad grave entre la decisión judicial para la cual se pide el exequátur y los principios fundamentales del derecho interno impide su homologación. Así lo recordó la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia al reiterar que no es suficiente demostrar la reciprocidad legislativa, sino también que el fallo no viola el orden público internacional, limitado a los fundamentos básicos del ordenamiento jurídico. Con esos argumentos, la corporación concedió el exequátur de unas providencias dictadas por un tribunal de Massachusetts (EE UU), que aprobaron la adopción de dos menores colombianos, porque, a su juicio, ellas no contrarían los principios que rigen ese instituto (M. P. Ariel Salazar).

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