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Multan a abogada que no actuó diligentemente por exceso de carga laboral (11:59 a.m.)

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19 de Septiembre de 2017

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Recientemente, la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura confirmó una sentencia que sancionó a una abogada con multa de dos salarios mínimos mensuales por una falta relacionada con la lealtad profesional. Puntualmente, trasgredió, a título de dolo, el literal i) del artículo 34 de la Ley 1123 del 2007. Este tipo disciplinario se configura por aceptar cualquier encargo para el cual el profesional no se encuentre capacitado, o no pueda atender diligentemente en razón del exceso de compromisos profesionales. La disciplinada aceptó la representación para demandar al departamento de Antioquia en un proceso laboral, sin embargo, y dentro del trámite de la conciliación extraprocesal, presentó duplicidad de peticiones bajo las mismas pretensiones, esto no como estrategia, sino como una falta de actuación diligente de verificación de dicho trámite. Lo anterior, y de acuerdo con la confesión de la litigante, “por la carga laboral de procesos que presentaba en ese momento” (M. P. Julia Emma Garzón).

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