Legitimación en la causa no es una excepción: Corte Suprema de Justicia (4:35 p. m.)
20 de Marzo de 2015
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Nota:
100530
De acuerdo con la Corte Suprema de Justicia, la legitimación en la causa, bien por activa o por pasiva, no es una excepción sino que es uno de los requisitos necesarios e imprescindibles para que se pueda dictar providencia de mérito a favor del actor o para desechar sus pedimentos. Según el alto tribunal, esto es así por cuanto ella implica la designación legal de los sujetos del proceso para disputar el derecho debatido ante la jurisdicción, lo que constituye uno de los presupuestos requeridos para dictar sentencia de fondo, sea estimatoria o desestimatoria. En ese contexto, sostuvo que en caso de no advertirla el juez en la parte activa, en la pasiva o en ambas, deviene, sin necesidad de mediar ningún otro análisis, la expedición de un fallo absolutorio; de allí que se imponga examinar de entrada la legitimación que le asiste a la parte demandante para formular la pretensión (M.P. Jesús Vall De Rutén).
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