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La norma vigente al momento del registro de la marca continúa aplicándose, así haya sido derogada (2:44 p.m.)

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14 de Junio de 2013

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El Consejo de Estado aclaró que si la norma vigente al momento de solicitar el registro de la marca ha sido derogada y remplazada por otra en el curso del procedimiento, todavía será aplicable para determinar si se encuentran cumplidos o no los requisitos que se exigen para el registro del signo distintivo. En el caso en estudio, aunque en la demanda se invocaron como infringidas disposiciones de la Decisión 486 de la Comunidad Andina, la Sección Primera acogió las conclusiones de la interpretación prejudicial y aplicó la normativa pertinente de la Decisión 344, ya que la solicitud relativa al registro del signo Sisley (mixta) fue presentada en vigencia de la citada decisión (C. P. Guillermo Vargas Ayala).

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