Jueces disciplinarios deben practicar pruebas de oficio cuando resulten determinantes para decidir
05 de Febrero de 2021
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119039
Así lo determinó el Consejo de Estado en un fallo mediante el cual declaró la nulidad parcial de una sanción disciplinaria impuesta por la Procuraduría General de la Nación. En el caso, el órgano de control se abstuvo de practicar una prueba solicitada por la funcionaria mediante la cual se desvirtuaría la autenticidad de uno de los documentos usados por la procuraduría para fundamentar su decisión. A pesar de ser un proceso de única instancia, el ente disciplinario tuvo dos oportunidades de pronunciarse frente al caso, dado que la funcionaria interpuso un recurso de reposición en contra de la primera decisión. Al respecto, el alto tribunal sostuvo que “(…) la autoridad disciplinaria estará siempre obligada a practicar las pruebas que resulten determinantes para establecer o desvirtuar la responsabilidad del investigado. Ello hace parte del principio de imparcialidad en la búsqueda de la prueba, lo que, en todo caso, dependerá de la etapa en que se encuentre el proceso disciplinario”. Por último, el fallo también es relevante por el desarrollo que hace respecto a los criterios y el análisis que debe tenerse en cuenta para determinar las indemnizaciones a las que pueda haber lugar dentro del proceso disciplinario por pérdida de la oportunidad y perjuicios morales. (C.P. William Hernández Gómez)
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