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Inconsistencias en el proceso que define el conflicto de competencia permiten inferir el trato que se les dará a las víctimas (3:40 p.m.)

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29 de Noviembre de 2011

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La falta de garantías en el suministro de información para la definición de un conflicto de competencia permite inferir que las víctimas tampoco contarán con las garantías que les asisten como intervinientes del proceso, señaló el Consejo Superior de la Judicatura. Al definir un conflicto de competencia entre la jurisdicción penal militar y la ordinaria, la Sala Disciplinaria decidió asignar la investigación a la Fiscalía por inconsistencias en el proceso, entre ellas, que la representante del Juzgado 142 Penal Militar omitiera entregar el expediente al Consejo Superior cuando lo solicitó para definir la colisión de competencia. La Sala determinó que la jurisdicción ordinaria debe continuar con la investigación por el homicidio de un menor que murió por un disparo propinado por un patrullero de la Policía, luego de haber pintado un grafiti (M. P. José Ovidio Claros).

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