Fiscalía responde por el retraso injustificado en la restitución de vehículos (8:34 a.m.)
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19 de Noviembre de 2012
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La responsabilidad de la administración de justicia a título de un defectuoso funcionamiento comprende todas las acciones u omisiones consideradas como falla, las cuales se presentan con ocasión del ejercicio de la función de impartir justicia, es decir, pueden provenir no solo de los funcionarios, sino también de los particulares investidos de facultades jurisdiccionales, empleados judiciales, agentes y auxiliares judiciales, manifestó el Consejo de Estado. Se trata entonces de una responsabilidad que, a diferencia de la que surge del error judicial, se produce en las actuaciones judiciales necesarias para adelantar el proceso o la ejecución de las providencias judiciales. La sala analizó el caso de la retrasada restitución de un automotor en avanzado estado de deterioro por parte de la Fiscalía General de la Nación y determinó la responsabilidad de la entidad, debido a que el vehículo estaba bajo su cuidado y custodia y tenía la obligación de devolverlo en el mismo estado en que se encontraba al momento de la retención.
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