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Exceso de ritual manifiesto y omisión en valoración de pruebas hacen procedente la tutela contra sentencias (11:36 a.m.)

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24 de Agosto de 2011

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La Corte Constitucional reiteró que el exceso de ritual manifiesto y la omisión en la valoración de pruebas son defectos que hacen procedente la tutela contra providencias judiciales. La Sala Séptima de Revisión amparó el derecho fundamental al debido proceso y el acceso a la administración de justicia de dos personas que acudieron a la jurisdicción civil para que se les repararan los perjuicios causados por el sistema UPAC. La acción fue negada en primera y segunda instancia, argumentando que no se había configurado error alguno en la decisión. Sin embargo, para la Corte, la autoridad accionada desconoció la garantía de los derechos sustanciales, al no practicar una prueba imprescindible para decidir el caso (M.P. Jorge Ignacio Pretelt).

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