Esta es la sentencia unificadora que negó la homologación del perjuicio fisiológico con el daño a la salud (12:30 p.m.)
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27 de Septiembre de 2011
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El Consejo de Estado publicó el fallo que negó la homologación del perjuicio fisiológico con el de alteración a las condiciones de existencia. Allí mismo se indicó que no estaba proscrita la utilización del término “perjuicios fisiológicos” cuando las alteraciones graves a las condiciones de existencia tenían origen en afectaciones de carácter físico o fisiológico. En esa oportunidad, el consejero Enrique Gil aclaró su voto por considerar que se confundían esas dos tipologías de daño. Con fundamento en esta sentencia, se anularon dos providencias de una de las subsecciones de la Sección Tercera. Recientemente, la sección adicionó esta sentencia. Frente a esta actuación, Gil presentó otra aclaración de voto, en la que señaló que la adición demostraba que no se encontraba ejecutoriada la sentencia unificadora y que, por tanto, esta no podía tener efectos vinculantes para anular fallos dictados antes de su ejecutoria. Como contexto, publicamos todas las providencias dictadas en este proceso (C.P. Danilo Rojas Betancourth).
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