El principio de especialidad del registro marcario puede romperse cuando exista una conexión competitiva entre los productos o servicios (12:09 p.m.)
10 de Junio de 2010
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Nota:
66694
El Consejo de Estado recordó que la protección de la marca tiene su razón de ser única y exclusivamente en relación con los productos o servicios que identifica, es decir, la marca protege solo los productos o servicios relacionados en la solicitud de registro para la clase respectiva de la clasificación internacional de Niza y cumple con la función distintiva entre unos productos o servicios de otros. Este presupuesto jurídico se denomina principio de especialidad y solo puede romperse en la medida en que exista una conexión competitiva entre los productos o servicios, así estos no sean idénticos y pertenezcan a clases diferentes, pues en estos casos se puede inducir al público consumidor a error respecto del origen empresarial del producto y desviar la clientela hacia el titular de la marca rival, idéntica o semejante, explicó el alto tribunal (C.P. Marco Antonio Velilla Moreno).
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