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El derecho al debido proceso rige también en materia contractual (10:10 a.m.)

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13 de Abril de 2012

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El Consejo de Estado recordó que el derecho fundamental al debido proceso rige no solo para las actuaciones administrativas, también en materia contractual, con matices propios. En ese sentido, las entidades públicas podrán imponer las multas pactadas con el objetivo de conminar al contratista a cumplir sus obligaciones, pero esa decisión debe estar precedida de audiencia del afectado. La Sección Tercera reiteró que el debido proceso no solamente se garantiza con ofrecer la oportunidad de interponer los recursos de la vía gubernativa. También aclaró que en los contratos celebrados entre el beneficiario del Certificado de Incentivo Forestal (CIF) y la entidad que administra los recursos para el cumplimiento del plan de establecimiento y manejo forestal se pueden pactar multas y otras sanciones pecuniarias en caso de incumplimiento (C.P. Olga Mélida Valle de La Hoz).

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