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El acto médico debe juzgarse atendiendo las circunstancias que en su momento afrontó el profesional de la salud (10:58 a.m.)

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22 de Julio de 2011

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La Corte Suprema de Justicia recordó que el acto médico debe enjuiciarse atendiendo las circunstancias que en su momento afrontó el médico. En otras palabras, para que se derive responsabilidad por una falla en la prestación del servicio médico debe examinarse la situación particular que el médico afrontó, esto es, ex ante. Además, porque superadas las dificultades y miradas las cosas retrospectivamente en función de un resultado conocido siempre parecerá fácil haber actuado correctamente. De esta forma la Sala Civil falló un caso de responsabilidad médica en que se alegaba el mal diagnóstico de un infarto. En el fallo, se precisó la importancia y características de la historia clínica y se aclaró que cuando no existe o no se diligencia con rigurosidad puede comportar un grave indicio en contra del profesional (C.P. Pedro Octavio Munar Cadena).

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