Desbordamientos de lagunas deben tener una relación directa con el incumplimiento de obligaciones de las CAR para serles atribuibles (3:10 p.m.)
25 de Julio de 2012
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Nota:
81994
El Consejo de Estado señaló que las corporaciones autónomas regionales (CAR) deben planear, promover, ejecutar y administrar las obras necesarias para regular las fuentes de agua, por lo que deben controlar las inundaciones en los ríos, así como realizar la limpieza, mantenimiento y mejoramiento de los cauces y lechos de los lagos y embalses. De esta forma, precisó que el desbordamiento de lagunas debe tener una relación directa con el incumplimiento de estas obligaciones para endilgarles responsabilidad. Por ello, confirmó que el desbordamiento de la laguna de Fúquene en 1993, que causó la afectación de varios predios cercanos, no fue causada solo por la cantidad de maleza y sedimentos en las quebradas y ríos a los que vierten las aguas desembalsadas, sino por el incremento diario sostenido de las cotas máximas, las restricciones de velocidad del desagüe por las condiciones topográficas del terreno y la limitación judicial que tenía la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca para ese momento (C.P. Stella Conto Díaz del Castillo).
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