Demanda electoral no puede acumular pretensiones de nulidad de varios actos de elección, así se hayan surtido en la misma jornada (12:36 p.m.)
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15 de Julio de 2010
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La acumulación de procesos en el contencioso electoral únicamente está permitida frente a unas mismas elecciones, lo cual no puede entenderse como que reúne todas y cada una de las votaciones que se realicen durante la misma jornada. Es decir, la acumulación auspiciada por el ordenamiento jurídico no tolera reunir demandas referidas a diferentes actos, así todos ellos tengan como fuente una misma jornada electoral. El Consejo de Estado aclaró la interpretación de la expresión “unas mismas elecciones”, al rechazar una demanda electoral dirigida contra todas las elecciones del 14 de marzo del 2010: contra los comicios para elegir senadores, representantes a la Cámara y Parlamento Andino. En la decisión, la Sección Quinta señaló que es incluso improcedente la demanda contra la elección de todas las circunscripciones electorales de la Cámara de Representantes, pues los actos deben ser individualizados (C. P. María Nohemí Hernández Pinzón).
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