Dejar de sustentar el recurso de apelación equivale a no haberlo presentado (11:26 a.m.)
25 de Febrero de 2020
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Nota:
114900
La Sección Tercera del Consejo de Estado, al estudiar el recurso de apelación que la parte demandante interpuso en contra de la sentencia que condenó al Estado por la privación injusta de la libertad de un exintegrante del Ejército, tuvo por no presentado el recurso instaurado por la institución, en tanto si bien lo recurrió formalmente no argumentó los motivos de inconformidad con el fallo del tribunal. Para la Corporación, omitir plantear los motivos de inconformidad, en concreto, conduce a concluir que no existe un recurso de apelación como tal. Por esa razón, en el caso analizado dejó incólume la providencia objeto de discusión, en lo que respecta a la atribución de responsabilidad (C. P. Marta Nubia Velásquez).
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