Declaratoria de caducidad exige el requerimiento previo al contratista (2:45 p.m.)
90619
23 de Agosto de 2013
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La Sección Tercera del Consejo de Estado advirtió que para declarar la caducidad del contrato, en aras de honrar el debido proceso, es necesario el requerimiento previo al contratista, para dar a conocer los elementos de juicio en contra y permitir la contradicción de ellos. De lo contrario, a juicio del alto tribunal, no se satisface plenamente el artículo 28 del Código Contencioso Administrativo, aplicable por remisión expresa del artículo 77 de la Ley 80 de 1993, que impone la obligación de comunicar las actuaciones administrativas oficiosas a los posibles perjudicados (C. P. Stella Conto Díaz).
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