Daño actual para recurrir en casación es la afectación causada con la sentencia (2:45 p.m.)
14 de Mayo de 2013
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Nota:
88573
Al estimar el interés para recurrir en casación, la Corte Suprema de Justicia reiteró que cuando la sentencia involucra decisiones sobre bienes inmuebles, la afectación actual surge del valor del mismo bien para la época de la decisión censurada y no en referencia a valores anteriores. Para el alto tribunal, resulta claro que por diferentes circunstancias los predios resultan afectados en su precio, sea que se incrementen o disminuyan. De conformidad con lo anterior, establecer el valor actual del agravio impone tener a valor presente, en la fecha de la sentencia, el costo del inmueble, que no tiene que ser necesariamente superior, pues puede reflejar una depreciación, concluyó la Sala (M.P. Margarita Cabello Blanco).
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