¿Cuáles son las modalidades de desviación de poder? (9:38 a.m.)
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14 de Diciembre de 2018
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Reciente sentencia de la Sección Segunda del Consejo de Estado desarrolló las modalidades de desviación de poder generalmente aceptadas por la doctrina y la jurisprudencia, clasificadas en dos grandes grupos: (i) cuando el acto o contrato administrativo es ajeno al interés público y (ii) cuando el contrato es adoptado en desarrollo de un interés público, pero que no es aquel para el cual le fue conferida la competencia a quien lo expide o celebra. Esta última categoría se aproxima a la desviación de procedimiento en la que la administración disimula el contenido real de un acto bajo una falsa apariencia, recurriendo a un procedimiento reservado por la ley para otros fines, con el fin de eludir ciertas formalidades o de suprimir ciertas garantías. No obstante, la corporación reiteró que los actos administrativos gozan de presunción de legalidad mientras no se demuestre lo contrario (C. P. Sandra Lisset Ibarra).
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