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Consejo de Estado recuerda efectos de la objeción por error grave al dictamen pericial (3:33 p.m.)

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29 de Abril de 2014

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La prueba pericial se encuentra destinada a servir de medio de convicción sobre hechos que interesen al proceso y requieran especiales conocimientos científicos, técnicos o artísticos, sometida a un régimen de contradicción que se materializa a través de la formulación de objeción por error grave, cuyo propósito es hacer visibles yerros con la virtualidad de provocar en el fallador un convencimiento distorsionado de la realidad. De esta manera el Consejo de Estado indicó que los expertos incurren en error grave cuando fundados en apreciaciones erróneas provocan conclusiones equivocadas. Por ello reiteró que si se objeta un dictamen por error grave, los reparos deben poner al descubierto que el peritazgo tiene bases equivocadas de tal magnitud que su consecuencia debe ser la repetición de la diligencia con intervención de otros peritos. Lo que caracteriza el error grave y permite diferenciarlo de otros defectos imputables a un peritaje es el hecho de cambiar las cualidades propias del objeto examinado, o sus atributos, por otras que no tiene, o tomar como objeto de observación y estudio una cosa fundamentalmente distinta de la que es materia del dictamen. Al apreciar equivocadamente el objeto, necesariamente serán erróneos los conceptos que se den y falsas las conclusiones que de ellos se deriven, concluyó el alto tribunal (C.P. Stella Conto Díaz del Castillo).

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