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Consejo de Estado estableció criterios para la valoración del daño a la salud (2:54 p.m.)

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27 de Abril de 2012

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El Consejo de Estado señaló que sí existe la forma de establecer los criterios de valoración del daño a la salud a través de criterios como el arbitrio iuris, que debe valorar la edad de la víctima y la gravedad de la lesión, esto es, el aspecto estático del daño, y las particularidades o especificidades del perjuicio, que constituyen el contenido dinámico del daño. De igual forma, señaló que el daño a la salud exige la concreción de un sistema que respete los principios constitucionales de igualdad y de dignidad humana. Entre otros aspectos, la Sección Tercera recordó que el daño moral no puede tasarse a partir de criterios objetivos o tablas de punto, concretó el concepto del daño antijurídico y el examen relevante en materia de responsabilidad médica, en especial en casos de ginecobstetricia (M.P. Enrique Gil Botero).

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