Condenan al Estado por intoxicación congénita causada a hijas de una auxiliar de odontología (10:51 a.m.)
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07 de Noviembre de 2018
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La Sección Tercera del Consejo de Estado estudió el caso de dos menores que sufrieron daños irreversibles en la gestación al momento en que la madre manipuló sustancias peligrosas (mercurio) en su ejercicio profesional como auxiliar de odontología. Allí explicó que las actividades en las que se requiera la manipulación de este tipo de sustancias hacen que sean definidas como peligrosas, respecto de lo cual, si bien es posible examinarlas desde el régimen subjetivo de responsabilidad, en este caso no encontró la Sala desde esa perspectiva el incumplimiento de algún deber normativo por parte de las entidades demandadas; mientras que desde la óptica del régimen objetivo, dado el carácter peligroso que comporta la manipulación del mercurio, se estudió la configuración del riesgo excepcional y se encontró configurada la responsabilidad estatal. En ese orden, la Sala revocó la decisión de primera instancia según la cual la madre se habría contaminado con anterioridad a su vinculación al servicio de salud, ya que obra prueba en el proceso de que en el momento que se designó le fue practicado un examen médico que la calificó como apta para desempeñar sus funciones. Consulte en la sentencia adjunta las medidas de reparación integral decretadas por la corporación (C. P. Jaime Orlando Santofimio).
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