Carácter preferente de la Procuraduría para adelantar actuaciones disciplinarias es una atribución facultativa (8:57 a.m.)
07 de Diciembre de 2018
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Nota:
109802
Al resolver un conflicto de competencia suscitado entre una procuraduría provincial y la personería de un municipio, originado por una queja disciplinaria elevada en contra el inspector de Policía y Tránsito, la Sala de Consulta y Servicio Civil explicó que el poder preferente de la Procuraduría General de la Nación la faculta para adelantar actuaciones disciplinarias contra cualquier servidor público, sin consideración a su jerarquía, cuando lo considere conveniente o necesario para garantizar la efectividad de los principios y fines previstos en la Constitución, la ley y los tratados internacionales, que deben observarse en el ejercicio de la función pública. Según la Sala, ese carácter preferente desplaza al servidor que inicia o adelanta una investigación disciplinaria, pero su ejercicio no es obligatorio ni exclusivo, pues se trata de una atribución facultativa (C. P. Germán Alberto Bula).
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