Archivo de indagación preliminar en proceso de responsabilidad fiscal no es susceptible de grado de consulta (2:41 p.m.)
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11 de Diciembre de 2017
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Teniendo en cuenta que las indagaciones preliminares son actuaciones previas o preprocesales, al vencerse el término para adelantarlas (seis meses), y de no haber mérito para abrir el proceso de responsabilidad fiscal, procederá su archivo, caso en el cual no es jurídicamente viable el grado de consulta, pues está legalmente prevista la posibilidad de ordenar su reapertura si después de proferido el auto de archivo del expediente aparecen o se aportan nuevas pruebas que acrediten la existencia de un daño patrimonial o la responsabilidad del ente gestor o se demuestre que la decisión se basó en pruebas falsas, todo antes de que opere la caducidad de la acción o la prescripción de la responsabilidad fiscal, precisó la Contraloría General de la República. La indagación preliminar procede cuando no existe certeza sobre la ocurrencia del hecho, la causación del daño, la entidad afectada y la determinación de los presuntos responsables.
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