Admiten la primera demanda contra el nuevo Código General Disciplinario (10:58 a.m.)
06 de Marzo de 2019
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Nota:
110891
Por no definir los “hechos de corrupción” en materia disciplinaria y vulnerar presuntamente el debido proceso y el principio de legalidad fue demandado el artículo 62 (parcial) de la recién expedida Ley 1952 del 2019 (Código General Disciplinario), que regula las faltas relacionadas con la moralidad pública. La norma dispone que la comisión (directa o indirectamente) de actos arbitrarios e injustificados contra otro servidor público que haya denunciado hechos de corrupción se considerará una falta en los términos descritos. En ese sentido, las demandantes explican que de la lectura integral del ordenamiento jurídico vigente no existen elementos en la ley o jurisprudencia que permitan determinar concretamente el contenido del concepto de “corrupción”. Así las cosas, solicitan a la Corte Constitucional su declaratoria de inexequibilidad y, de ser necesario, exhortar al Congreso para que defina expresamente lo que se debe entender por corrupción y así evitar la discrecionalidad del funcionario público al aplicar las normas acusadas (demandantes: Kelly Yaneth Quevedo y Doralba Muñoz).
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