Aclaran cómo se debe determinar la competencia territorial en acciones de tutela (1:52 p.m.)
28 de Junio de 2019
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Nota:
121806
Una decisión reciente de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, que absuelve a un juez de una sanción disciplinaria, por cometer, supuestamente, una serie de irregularidades en el conocimiento de una acción de tutela, recordó que la competencia para conocer de esta acción no la establece el domicilio de la entidad demandada. De ahí que, agrega el alto tribunal, para determinar la competencia territorial, el juez de tutela debe tener en cuenta el lugar de ocurrencia de la vulneración de derechos fundamentales o donde se surtieren sus efectos, bajo el entendido de que todos los funcionarios judiciales en el respectivo ámbito territorial resultan competentes para conocer del amparo (M. P. Fidalgo Javier Estupiñán).
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