Abogado no puede rendir versión libre en lugar del presunto responsable fiscal (8:00 a.m.)
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06 de Octubre de 2017
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El presunto responsable fiscal no puede otorgar poder a un abogado o a un tercero para que rinda la exposición libre y espontánea en su nombre, pues, de conformidad con lo previsto en el artículo 42 de la Ley 610 del 2000, está llamado a ser escuchado en dicha diligencia, precisó la Contraloría General de la República. El hecho de estar asistido por un abogado de confianza u oficio no implica que este pueda rendir la versión libre en lugar del implicado, pues se trata de un medio de defensa personal. Al iniciar la diligencia de versión libre le asiste al director del proceso el deber de informar al presunto responsable que se trata de una declaración voluntaria, sin la gravedad de juramento, libre y espontánea, en donde puede responder los interrogantes que se le formulen.
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