Policía de tránsito ya no recibiría cuota por número de comparendos (4:06 p.m.)
25 de Abril de 2016
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Nota:
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Así lo propone una iniciativa radicada en la Cámara de Representantes, compuesta por nueve artículos, que reformaría la Ley 769 del 2002 (Código de Tránsito). El proyecto establecería límites a las cláusulas y condiciones impuestas dentro de los contratos celebrados entre la Policía Nacional con la policía de tránsito; en consecuencia, bajo ninguna circunstancia se podrían establecer cuotas ni número mínimo de comparendos, ni condicionar la prórroga del contrato o convenio a esto. El desconocimiento de la prohibición sería considerado falta disciplinaria gravísima, en caso de que el proyecto sea acogido por el Legislativo. También se regularían los controles de velocidad; así pues, si una persona es multada por exceso de velocidad en un lugar donde la señalización sea inexistente, se presumirá que la velocidad de circulación permitida es la máxima autorizada por el Código de Tránsito. También, se prohibirían las restricciones absolutas de estacionamiento, salvo por razones de seguridad debidamente justificadas.
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