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Para que prospere casación, errores de hecho deben ser manifiestos y ostensibles (2:26 p.m.)

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12 de Mayo de 2015

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Cuando las acusaciones contra el fallo que se pretende casar se encuadran en errores de hecho, este debe ser manifiesto u ostensible, además de trascendente, reiteró la Corte Suprema de Justicia. De acuerdo con la corporación, su demostración debe concretarse, en principio, a través de la comparación entre el contenido de los medios de prueba apreciados erróneamente con lo deducido por el sentenciador, mediante la exposición de una argumentación clara y exacta, que revele la contrariedad de las ideas obtenidas por el juzgador con el verdadero sentido de las plasmadas en los elementos de juicio. Así, resaltó que debe ser tal la notoriedad y gravedad del yerro que de su solo planteamiento debe surgir que el criterio del sentenciador fue totalmente desenfocado (M.P. Ariel Salazar Ramírez).

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