Minjusticia reglamenta el procedimiento de insolvencia de personas naturales no comerciantes (3:29 p.m.)
26 de Diciembre de 2012
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Nota:
85947
Con el fin de reglamentar el procedimiento de insolvencia de personas naturales no comerciantes contemplado en el Código General del Proceso (L. 1564/12), el Ministerio de Justicia expidió el Decreto 2677 del pasado 21 de diciembre. La norma establece los requisitos que deben cumplir los operadores de la insolvencia para conocer de los procedimientos de negociación de deudas y convalidación de acuerdos privados, los requisitos que deben llenar las entidades que busquen obtener aval para formar conciliadores en insolvencia, las tarifas que pueden cobrarse por conocer de tales procedimientos y la forma de integrar las listas de conciliadores en insolvencia y liquidadores, entre otros temas. También se determina el tratamiento de los bienes del deudor constituidos como patrimonio de familia inembargable o afectados a vivienda familiar y se establece la competencia según la cuantía de los centros de conciliación gratuitos y remunerados.
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