Jueces administrativos están facultados para la recomposición del acto administrativo disciplinario (10:50 a.m.)
31 de Mayo de 2019
Reproducir
Nota:
111582
El juez administrativo, según una sentencia reciente del Consejo de Estado, está facultado para revisar la decisión administrativa disciplinaria, con las facultades no solo de anulación, sino, necesariamente, de recomposición del acto sancionatorio. Esto quiere decir que los togados administrativos están facultados para la recomposición del acto administrativo disciplinario, como parte de una obligación impuesta desde la Convención Americana de Derechos Humanos, que exige involucrar “al juez como autorizado último para la restricción de derechos políticos” (C. P. Sandra Lisset Ibarra).
Opina, Comenta