Indemnización de perjuicios por abuso del derecho de voto no se identifica con el rembolso de aportes
21 de Agosto de 2020
Reproducir
Nota:
117904
La declaratoria de nulidad de una decisión social por abuso del derecho de voto retrotrae las situaciones jurídicas al momento anterior a aquel en que fue adoptada la decisión. Aunque para este tipo de procesos el literal e) del artículo 24 del Código General de Proceso prevé a favor del demandante una indemnización de perjuicios, estos obedecen al menoscabo económico que le fue generado por causa de la decisión anulada, lo cual no se identifica con el rembolso de aportes al socio demandante, en tanto esta última operación únicamente deviene de una disminución de capital, que solo resulta viable en tanto no se afecten derechos de los terceros acreedores de la compañía y requiere, eventualmente, autorización de la Superintendencia de Sociedades.
Opina, Comenta