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Feminicidio ocasionado por miembro de la Policía deberá ser indemnizado por el Estado (12:00 p.m.)

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09 de Julio de 2015

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El Consejo de Estado declaró al Estado patrimonialmente responsable de los perjuicios materiales y morales por el feminicidio ocasionado por un miembro de la Policía Nacional en contra de su cónyuge. El alto tribunal sustentó su decisión en la omisión atribuida al comandante de la estación del lugar en donde se produjo el incidente, por cuanto, a su juicio, este no direccionó ni sancionó la infidelidad pública del dragoneante, ni verificó su situación familiar, pese a la infracción de deberes éticos y su compromiso con factores de riesgo de violencia conyugal grave o mortal. De acuerdo con el pronunciamiento, el arma de dotación oficial, con la que se dio muerte a la mujer, debió ser restringida por los antecedentes agresivos del uniformado y su consumo habitual de bebidas alcohólicas. Esta falencia, advirtió, dejó al descubierto la inadvertencia sobre la presencia de estereotipos de género en la comandancia de la institución policial (C.P. Stella Conto Díaz).

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