Excluyen de la profesión a una abogada por falsificar el sello y la firma de un juzgado
02 de Abril de 2020
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Nota:
115860
La Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura excluyó de la profesión a una abogada que intervino en un acto fraudulento al entregar a su cliente una demanda con sello y firma de recibido de un juzgado de familia, pese a que esta nunca fue radicada en esa dependencia, con la finalidad de hacerle creer que el trámite se encontraba en curso (un proceso de declaración, disolución y liquidación de sociedad patrimonial). Dicha conducta desconoció el deber consagrado en el numeral 6° del artículo 28 del Estatuto Disciplinario del Abogado; así mismo, incurrió en la falta consagrada en el numeral 9° del artículo 33, a título de dolo. Este último numeral dice que constituye una falta contra el decoro profesional aconsejar, patrocinar o intervenir en actos fraudulentos en detrimento de intereses ajenos, del Estado o de la comunidad (M.P. Julia Garzón).
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