Esto debe saber si es designado como abogado de oficio en un proceso disciplinario (12:01 p.m.)
28 de Septiembre de 2018
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Nota:
109415
El Consejo Superior de la Judicatura estudió recientemente el caso de un abogado que había sido designado como defensor de oficio en un proceso disciplinario contra un colega y, sin justificar su inasistencia, faltó a las audiencias programadas. La Sala Disciplinaria confirmó la sentencia por medio de la cual se le sancionó con censura por la comisión de la falta la descrita en el numeral 1° del artículo 37 de la Ley 1123 del 2007, a título de culpa. Esta falta disciplinaria, vale la pena recordar, se configura por demorar la iniciación o prosecución de las gestiones encomendadas o dejar de hacer oportunamente las diligencias propias de la actuación profesional, descuidarlas o abandonarlas. La sanción se mantuvo porque el disciplinado no contaba con antecedentes disciplinarios y se trataba de una conducta de carácter culposo (M. P. Julia Emma Garzón).
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