Esta fue la sanción a un abogado que presentó un poder falso y con enmendaduras (9:28 a.m.)
14 de Febrero de 2018
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Nota:
59393
La Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura confirmó una sentencia que sanciona a un abogado con suspensión de dos años en el ejercicio de la profesión por cometer dos faltas relacionadas contra la recta y leal realización de la justicia y los fines del Estado. Concretamente, se trata de las faltas descritas en los numerales 10 y 11 del artículo 33 de la Ley 1123 del 2007. Según reseña el proceso, en ejercicio de su actividad como profesional del Derecho, el disciplinado presentó al Juzgado Segundo Administrativo de Villavicencio, dentro del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho, un recurso de apelación de primera instancia donde invocaba la calidad de apoderado sin serlo. Ello si se tiene en cuenta que no se le había reconocido personería por parte del respectivo despacho, es decir, realizó afirmaciones inexistentes en el escrito e indujo en error al juez del proceso. Además, y con el fin de que le fuera aceptado el recurso de apelación, allegó al juzgado un poder con enmendaduras, en el cual aparecía un sello de presentación personal con una fecha anterior a la presentación del recurso y que correspondía a otro proceso, configurando la adulteración del documento (M. P. Julia Emma Garzón).
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