Esta es la sentencia que anuló oportunidad preclusiva para adelantar concursos de selección de intermediarios de seguros (4:23 p.m.)
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21 de Octubre de 2013
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Un reglamento no puede entrar a señalar la oportunidad preclusiva para adelantar concursos sin violar la libertad contractual como faceta de la autonomía de la voluntad que garantiza la Ley 80 de 1993, advirtió la Sección Tercera del Consejo de Estado. Al respecto precisó que el Gobierno, al limitar la oportunidad para escoger intermediario de seguros (inciso 1º del artículo 76 del Decreto 2474 del 2008), desbordó la potestad reglamentaria contra la libertad negocial sin fundamento alguno, ya que la jurisprudencia tiene determinado que solo mediante ley de la República es posible establecer limitaciones o restricciones al amplio alcance de la libertad negocial, agregó. Según la sentencia, que la Ley 1150 de 2007 faculte al Gobierno para estandarizar las condiciones generales de los pliegos de condiciones y los contratos de las entidades estatales no puede ser entendida como una patente de corso para vaciar de contenido la potestad de contratación de las entidades estatales (C. P. Ramiro Pazos Guerrero).
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