En materia probatoria, definen y explican cuando se configura error de derecho (8:33 a.m.)
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23 de Diciembre de 2015
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En un recurso extraordinario de casación, la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia explicó que el error de derecho apunta al aspecto normativo de la actividad probatoria y se presenta en el momento de la contemplación jurídica, es decir, se cuestiona el indebido criterio del juez sobre la apreciación jurídica de los elementos demostrativos, no la física, material u objetiva de las evidencias. Con base en lo anterior, el alto tribunal anotó que se presenta en síntesis cuando: (i) la sentencia exige, para demostrar un acto o un hecho, una prueba especial que la ley no reclama, (ii) cuando viendo la prueba en su exacta dimensión no se le atribuye a ella el mérito que la ley asigna para demostrarla y (iii) cuando se lo niega por estimar que fue ilegalmente producida cuando así no sucedió (C.P. Margarita Cabello Blanco).
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