En Colombia no se exige la publicidad como requisito para probar la unión marital de hecho (2:52 p.m.)
29 de Abril de 2015
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Nota:
100858
El requisito de publicidad no es una exigencia impuesta por el ordenamiento jurídico vigente en Colombia para probar la unión marital de hecho, así lo señaló la Sala de Casación Civil al reformar parcialmente una sentencia en cuanto a la fecha en la que comenzó la sociedad patrimonial entre compañeros permanentes que se conformó entre un tío y su sobrina. En el caso, advirtió que actualmente se pregona igualdad formal y material entre hombre y mujer, por lo tanto, el juez debe examinar y ponderar con cuidado las manifestaciones que pretenden poner a las mujeres en una posición de subordinación hacia el hombre, y que buscan desconocerle tanto sus derechos fundamentales como las prerrogativas económicas que surgen de una vida en pareja enderezada a la consecución de ideales y satisfacción de necesidades materiales y afectivas (M. P. Fernando Giraldo Gutiérrez).
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