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El caso del litigante excluido de la profesión que siguió ejerciendo en un proceso de filiación (3:36 p.m.)

110025

21 de Septiembre de 2018

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El Consejo Superior de la Judicatura confirmó la sentencia de exclusión de la profesión de un abogado que cometió la falta descrita en el artículo 39 de la Ley 1123 del 2007, a título de dolo. Esta se configura cuando hay ejercicio ilegal de la profesión y se violan las disposiciones legales que establece el régimen de incompatibilidades, particularmente la que contempla que no pueden ejercer la abogacía, aunque se hallen inscritos, los litigantes que se encuentren suspendidos o excluidos. Según cuenta el expediente, el disciplinado presentó una demanda de filiación a pesar de estar suspendido por tres meses. Pese a que el juez que conoció el proceso le advirtió de esta situación, este abogado siguió fungiendo como apoderado, hasta cuando se rechazó y archivó la demanda definitivamente (M. P. María Lourdes Hernández).

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