Declaran inexequible notificación de procesos disciplinarios militares por cualquier medio (1:30 p.m.)
05 de Diciembre de 2019
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Nota:
112649
La Corte Constitucional declaró inexequible el artículo 153 de la Ley 1862 del 2017 (Código Disciplinario Militar), en el cual se establecía la posibilidad de notificar por cualquier medio de comunicación al investigado en caso de encontrarse en área de operaciones al momento de surtirse la diligencia. El alto tribunal consideró que la disposición no estaba acorde con la Constitución Política por (i) no ser razonable dar a conocer la existencia de un proceso por cualquier medio, (ii) la notificación por cualquier recurso puede ser contraproducente y vulnerar fines imperiosos y (iii) el legislador no fijó las condiciones y reglas mínimas para adelantar el proceso, dejando en manos de los funcionarios que lo adelantan decidir cómo, cuándo y de qué manera se realiza la notificación. Por último, señaló que en virtud del derecho al debido proceso las normas deben fijar las condiciones mínimas para que el inicio de una investigación sea notificada y concluyó que la norma acusada no cumplía con ello, por la amplitud de su redacción.
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