Corte recuerda aplicación del principio de congruencia (12:30 p.m.)
30 de Abril de 2013
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Nota:
87950
Según el artículo 305 del Código de Procedimiento Civil, el principio de congruencia pretende impedir que el juez resuelva el litigio más allá de lo pedido por las partes, asuntos ajenos a lo solicitado o con olvido de lo planteado. Así lo reiteró la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia al señalar que la violación de ese principio puede atacarse en casación, porque la sentencia proferida en esos eventos agravia a la parte que actuó confiada en los límites trazados, y así no puede defenderse. Adicionalmente, aclaró que, en principio, un fallo totalmente absolutorio no puede ser combatido por la vía de la incongruencia (M. P. Fernando Giraldo).
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