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Corte, inhibida para emitir nuevo pronunciamiento sobre el artículo 121 del CGP (8:26 a.m.)

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27 de Noviembre de 2019

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La Corte Constitucional conoció una nueva acción pública de inconstitucionalidad en contra del artículo 121 del CGP, el cual establece el término de duración del proceso. El accionante argumentaba que la disposición acusada dilataba el proceso de manera innecesaria y creaba una barrera injustificada para el acceso a la administración de justicia, pues las partes son quienes asumen las consecuencias jurídicas desfavorables por el incumplimiento de la ley por parte de las autoridades judiciales. Así, el alto tribunal al estudiar los cargos alegados determinó que se había configurado la cosa juzgada constitucional, pues previamente se había presentado acción en contra del mismo contenido normativo, se propusieron cargos de inconstitucionalidad por las mismas razones y la Corte ya había resuelto dichos asuntos en sentencia anterior. De esta manera, la Corte acogió lo dispuesto en la Sentencia C-443 del 2019 (exequibilidad condicionada) y se declaró inhibida para pronunciarse sobre los demás contenidos normativos del artículo estudiado, pues se incurrió en ineptitud sustantiva de la demanda al no construirse correctamente el concepto de violación.

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