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Noticias / Procesal


Consejo de Estado deja sin efectos suspensión de sanción fiscal contra Petro (10:25 a.m.)

23 de Noviembre de 2018

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Nota:
108563
La Sección Primera del Consejo de Estado dejó sin efectos un auto del 2017 proferido en sala unitaria por un magistrado de la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, por considerar que existía falta de competencia para decretar la medida cautelar de suspensión de los efectos de la sanción impuesta al senador y excandidato presidencial Gustavo Petro, ya que esta decisión corresponde de manera exclusiva a las salas de decisión. El proceso tiene su origen en la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesta por Petro contra los actos administrativos proferidos por la Contraloría Distrital de Bogotá que lo declararon responsable fiscalmente por el detrimento patrimonial ocasionado en las secretarías distritales de Hacienda, Planeación y Movilidad de Bogotá, así como en Transmilenio. La corporación indicó que, con base en el artículo 229 de la Ley 1437 del 2011 (CPACA), la decisión de decretar medidas cautelares puede ser tomada por el juez o magistrado ponente de manera unipersonal. Sin embargo, de su lectura armónica con los artículos 125 y 243 ibídem se colige que cuando el asunto es conocido por las corporaciones judiciales la decisión debe adoptarse a través de Sala, excepto en los procesos en cuyo trámite sea de única instancia. Consulte la decisión completa en el documento adjunto (C. P. Oswaldo Giraldo López).

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