Consejo de Estado anula norma que estableció el uso de la subasta inversa para los contratos de menor cuantía (11:23 a.m.)
04 de Octubre de 2012
Reproducir
Nota:
84549
El Consejo de Estado declaró la nulidad de los artículos 1° y 2° del Decreto 3576 del 2009, que habían sido suspendidos, en los que se consagró el uso de la subasta inversa para los contratos de menor cuantía. Los demandantes señalaron que el Gobierno introdujo nuevamente, como lo había hecho en el Decreto 2474 del 2008, la modalidad de contratación de mínima cuantía. Además, que se desconocía el principio de selección objetiva, pues se estableció el menor precio como único factor de evaluación. Para el Consejo, el parágrafo 2° de la Ley 1150 del 2007 (reforma al Estatuto General de Contratación Pública) previó que la menor cuantía corresponde a un mismo proceso de escogencia de contratistas. Por ello, concluyó que por esta vía no se podía prever una nueva modalidad de contratación, así no se le diera una denominación. De esta forma, afirmó que el Gobierno invadió la competencia regulatoria del legislador, lo que también quedó demostrado con la expedición de las leyes 1450 (Plan Nacional de Desarrollo 2010 – 2014) y 1474 del 2011 (Estatuto Anticorrupción), en las que se estableció la contratación de mínima cuantía (C.P. Danilo Rojas Betancourth).
Opina, Comenta