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Consejo de Estado acepta tramitar solicitud de extensión de jurisprudencia (8:50 a.m.)

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24 de Septiembre de 2013

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El Consejo de Estado acaba de dar a conocer la providencia mediante la cual estrenó la figura de extensión de jurisprudencia, contemplada en el nuevo Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, que permite aplicar una tesis jurídica desarrollada en determinado proceso judicial a otro caso distinto, siempre y cuando se acredite que este se acoge a los mismos preceptos de la actuación en la cual se definió la línea jurisprudencial que se solicita, sin necesidad de ir a juicio.Ello porque el artículo 269 permite que la probable víctima acuda al juez contencioso para que ordene a la administración aplicar la postura jurídica ya decidida al caso concreto, siempre y cuando se trate de hechos de la misma naturaleza; la providencia recuerda que el artículo 102 abre esa posibilidad cuando se den los mismos supuestos fácticos y jurídicos. Según el auto, el plazo para resolver es de 30 días y no supone el inicio de un litigio, al contrario, de ser negada la pretensión, el solicitante podrá instaurar la acción judicial que considere pertinente. En el caso concreto, la corporación accedió a tramitar la solicitud de extensión de jurisprudencia que se negó a aplicar la administración de Barrancabermeja (Santander) por un accidente que se originó en una competencia de motocicletas, que se adelantó, aparentemente, sin estudios de seguridad (C. P. Enrique Gil).

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