Conozca cómo se configura la cosa juzgada en lo contencioso administrativo
Para que se configure el fenómeno de la cosa juzgada es imprescindible que, previamente, el asunto haya sido objeto de estudio y se haya adoptado una decisión de fondo.
24 de Noviembre de 2022
La cosa juzgada es una institución jurídico procesal en virtud de la cual las decisiones contenidas en una sentencia y otras providencias judiciales tienen el carácter de invariables, vinculantes y concluyentes, con la finalidad de lograr la terminación definitiva de controversias y lograr la seguridad jurídica como principio fundante de un Estado social de derecho.
Los elementos distintivos de la cosa juzgada son:
Por su parte, las decisiones que deben proferirse en caso de determinar la existencia de cosa juzgada son:
Es importante señalar que la contrariedad en que incurra una sentencia respecto de otra que haya hecho tránsito a cosa juzgada se encuentra prevista como una causal de procedencia del recurso extraordinario de revisión, salvo que en el segundo proceso se haya resuelto negativamente la excepción de cosa juzgada (C. P.: William Hernández Gómez).
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