Así se configura el silencio administrativo positivo (10:54 a.m.)
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23 de Agosto de 2018
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El silencio administrativo positivo se trata de un fenómeno en virtud del cual la ley contempla que, en determinados caos, la falta de decisión de la Administración frente a peticiones o recursos tiene un efecto que puede ser negativo o positivo, recuerda la Sección Cuarta del Consejo de Estado. Ahora, en cuanto al silencio positivo, la corporación ha sostenido que genera un acto presunto que tiene que ser respetado por la Administración; es decir, en cuanto opere el fenómeno, ella pierde competencia para decidir la petición o recurso respectivos. Así las cosas, para su configuración debe concurrir el cumplimiento de los siguientes requisitos: (i) que la ley le haya dado a la Administración un plazo dentro del cual debe resolver la petición; (ii) que la ley contemple de manera expresa que el incumplimiento del plazo tiene efectos de silencio positivo y (iii) que la autoridad que estaba en la obligación de resolver no lo haya hecho dentro del plazo legal. Dentro de este último requisito, concluye la Sección, se debe entender que dentro del plazo señalado no solo debe emitirse la decisión, sino notificarse en debida forma (C. P. Stella Jeannette Carvajal).
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